Atención: Declaración Pública
Respecto a la solicitud realizada en el siguiente artículo, el Departamento Social de la Municipalidad de Putaendo cree que es importante aclarar lo siguiente:
1.-Desde el año 2018 los alumnos que postulan a Beca Municipal deben realizar trabajos voluntarios en la comuna para cobrar la segunda cuota. Al retirar los formularios de postulación a este beneficio, los estudiantes reciben la Ordenanza Municipal donde se establece este requisito, teniendo ellos el deber de leer dicho documento.
2:- Los alumnos que aún no han realizado los trabajos voluntarios son algunos que estudian fuera de la provincia y para los cuales se programan actividades los fines de semana.
3.- La segunda cuota pueden cobrarla a partir del segundo semestre y no tiene fecha establecida debido a que muchas instituciones se encuentran en paro, aun no terminan el semestre y los alumnos no pueden obtener sus documentos. Por lo tanto, existe la flexibilidad de cobrar su cuota hasta diciembre.
4.- Lamentablemente por la contingencia nacional, se han debido suspender las actividades programadas durante el mes de Octubre y hemos tenido que llamar a los alumnos para reprogramar dichas actividades.
5.- El caso puntual mencionado en el artículo tiene que ver con la disposición del estudiante para participar en estos trabajos voluntarios. En dos ocasiones se le ha llamado por teléfono pero él menciona que no tiene disponibilidad de tiempo ni sábado ni domingo.
6.- Desde el Departamento Social hemos explicado al vecino las distintas alternativas para aquellos alumnos que aún faltan por cumplir con este requisito. Lamentamos que no comprenda el objetivo de solicitar a los alumnos que trabajen en su comunidad, aportando a la labor social de la comuna. Incluso, se le ha mencionado casos donde las JJ.VV han trabajado en conjunto con los jóvenes de sus localidades.
7.- Entendemos la molestia del vecino, pero no compartimos su postura de pretender obligar a la profesional Asistente Social, en razón de sus funciones, a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales que, en este caso, se encuentran regulados en una Ordenanza Municipal.
8.- No obstante lo anterior, desde el Departamento Social afirmamos que existe la mejor voluntad para llegar a una anhelada solución.